CAMBIO DE DIAGNOSTICO
Se indica cuando hay un cambio con el / los diagnósticos con los que se está autorizando el tratamiento del paciente. En caso de haber un cambio de diagnóstico debe solicitarse según las circulares 87, 88 y 104. Ubicadas en el menú Convenios/Obras sociales/IOMA. Si fue un error al seleccionarlo del listado de diagnósticos y fue rechazado, puede volver a enviarlo con el diagnóstico correcto.