Facturación de prestaciones discapacidad

27/09/2018

Compartimos nueva información aclaratoria referida a la facturación de prestaciones por discapacidad.

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AFALP informa que algunas Obras Sociales Nacionales han implementado el denominado Mecanismo Integración, para la cobertura por el Fondo Solidario de Redistribución de las prestaciones de discapacidad, establecido por ley 24901 Art.7 inc. A; decreto 904/2016; Resolución 406/2016 - 887/2017 – 276/2018, de la SSS.

A tal efecto dentro de las distintas modificaciones, AFALP no facturará servicios de discapacidad de Obras sociales y otras que dependan de la SSS, ya que los prestadores deben hacerlo de forma directa, de acuerdo a la normativa vigente.

A continuación, informamos la lista de las obras sociales que NO siguen facturando prestaciones de discapacidad a través de AFALP: 
MEDIFE OLAVARRIA,
OSDOP
OSPSA
JERÁRQUICOS SALUD

El resto de los convenios por ahora, siguen facturando discapacidad a través de AFALP hasta nuevo aviso.

Importante: todos los tratamientos de discapacidad deben ser previamente autorizados por la obra social, de acuerdo a su propia normativa, en algunos casos autoriza el paciente y en otros el profesional fonoaudiólogo.

Recordamos que aquellos convenios que tienen estipulado arancel de pacientes de atención compleja sin certificado de discapacidad, se deben autorizar con la misma normativa que con certificado de discapacidad.

Salvo IOMA que autoriza el profesional a través de AFALP.