Resolución CD N° 9/23

01/11/2023

REEMPADRONAMIENTO

Imagen de nota

Artículo Primero: Dispónese el reempadronamiento de la totalidad de

asociadas/os de AFALP que deseen seguir siendo prestadores de IOMA.


Artículo Segundo: El plazo máximo para el reempadronamiento vence

indefectiblemente el día 28 de diciembre de 2023, quedando a disposición de la

Comisión Directiva la opción de ofrecer prórroga.


Artículo Tercero: Encomiéndese a Auditoría de AFALP a fin de que, antes del

vencimiento del plazo establecido arbitre los medios a su alcance para urgir el

reempadronamiento de todos aquellos asociados que, a la fecha, aún no lo

hayan efectuado.


Artículo Cuarto: Dese la más amplia difusión a la presente Resolución a fin de

que todos los Asociados, tengan pleno conocimiento de lo establecido.