Resolución CD N° 9/23
01/11/2023
REEMPADRONAMIENTO

Artículo Primero: Dispónese el reempadronamiento de la totalidad de
asociadas/os de AFALP que deseen seguir siendo prestadores de IOMA.
Artículo Segundo: El plazo máximo para el reempadronamiento vence
indefectiblemente el día 28 de diciembre de 2023, quedando a disposición de la
Comisión Directiva la opción de ofrecer prórroga.
Artículo Tercero: Encomiéndese a Auditoría de AFALP a fin de que, antes del
vencimiento del plazo establecido arbitre los medios a su alcance para urgir el
reempadronamiento de todos aquellos asociados que, a la fecha, aún no lo
hayan efectuado.
Artículo Cuarto: Dese la más amplia difusión a la presente Resolución a fin de
que todos los Asociados, tengan pleno conocimiento de lo establecido.