NORMAS DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO
REQUISITOS INDISPENSABLES DE FACTURACIÓN

Dados los reiterados errores y falencias con que ingresan las facturaciones a nuestra sede, AFALP ha decidido que, las facturaciones que no cumplan con las normativas establecidas, serán devueltas al profesional en forma completa.
REQUISITOS INDISPENSABLES DE FACTURACION:
- DECLARACION JURADA POR DUPLICADO
- Número de Matrícula Provincial en el margen superior derecho de la DJ
- LETRA DE IMPRENTA LEGIBLE
- TODA LA FACTURACIÓN UNIDA CON UN GANCHO DE DOS PATAS CON ARANDELA. En lo posible, perforar con agujereadora.
- SEPARAR CADA CATEGORÍA DE AFILIADO: una declaración jurada con su duplicado, para los afiliados OBLIGATORIOS; otra declaración jurada con su duplicado, para los VOLUNTARIOS INDIVIDUALES; otra declaración jurada con su duplicado para los VOLUNTARIOS COLECTIVOS.
- COMPROBANTES NUMERADOS. Llámase comprobante a todo papel que no es planilla de resumen o declaración jurada (orden, bono, fotocopia de carnet, certif. afiliatoria, estudio, informe, etc.). Los mismos se numeran correlativamente en el ángulo superior derecho. Ejemplo de numeración: orden de derivación: “1”; bono: “2”, informe: “3”; orden siguiente paciente: “4”; bono: “5”, certificación afiliatoria: “6”; etc. ( en este caso, la cantidad a consignar en declaración es “6”).
- Los bonos deben contener todos los datos solicitados. Las firmas deben ser aclaradas donde se requiera, así como el número de matrícula.
- Todas las enmiendas deben ser salvadas con firma y sello de quien corresponda: las enmiendas en orden de derivación, salvadas por profesional derivante; los bonos salvados por fonoaudiólogo.
- Los agregados en orden de derivación deben ser salvados con firma y sello del profesional derivante.
- Las devoluciones de IOMA deben ser refacturadas con declaración jurada por duplicado y acompañadas con la planilla del “Departamento de Auditoría y Fiscalización Médica de IOMA, con que fueron devueltos.
Las devoluciones de la Asociación (que no fueron ingresadas a la obra social), en caso de ser refacturables, se incorporan a la presentación siguiente, no se facturan por separado.